Queridos Socios:
El artículo 21o de los Estatutos del RCT establece que todos los usuarios de las instalaciones estarán obligados al uso de la indumentaria adecuada a los fines y actividades de la Sociedad, según los acuerdos que la Junta Directiva haya adoptado al respecto.
A su vez, el artículo 60o establece que la Junta Directiva velará para que la indumentaria de los Socios o invitados sea la adecuada en todo momento en su acceso a las instalaciones, emitiendo circulares de obligado cumplimiento si fuera necesario.
En este sentido, la Junta Directiva acordó y publicó en 2018 la siguiente normativa:
1.-En el Restaurante, los caballeros no estarán obligados a llevar chaqueta, aunque se recomienda su uso.
2.-Queda expresamente prohibido el acceso al restaurante con camiseta.
3.-Como norma general, no se permitirá la entrada al Casino en bermudas, tenis, chándal ni gorras deportivas.
Se ha detectado, tanto por parte del personal del Casino como del restaurante y de muchos Socios, una relajación en el uso del denominado “calzado deportivo”, llegándose a asimilar su uso al de los tenis, más propios para actividades deportivas, por lo que recordamos a los Socios mayores de edad que no utilicen este tipo de calzado –independientemente del color que sea- para acceder al Restaurante.
Rogamos la máxima colaboración en este sentido. Atentamente,
Miguel Cabrera Pérez-Camacho